Eduardo Behrentz, Vicerrector Universidad de los Andes

Fotomultas para salvar vidas

Las cámaras salvavidas se utilizan en muchos países. Su conveniencia y eficacia han sido demostradas contundentemente.

Se trata de proteger la vida: usar herramientas tecnológicas debería ser parte de los programas y políticas de movilidad urbana, con el fin de prevenir siniestros viales y vigilar el cumplimiento de las normas de tránsito. ¿Por qué esto es un problema en Colombia? No debería serlo. Conducir no es un derecho si no, un privilegio sujeto al licenciamiento y regulación del Estado.

¿A alguien se le ocurre que, por ejemplo, el derecho al trabajo le otorga a un conductor de bus o de taxi la potestad de pasarse semáforos en rojo poniendo en riesgo la integridad y la vida de los demás?

Según una investigación del Grupo de Estudios en Sostenibilidad Urbana y Regional de la Universidad de los Andes, realizada antes de que se instalaran cámaras caza-infractores en Bogotá, la impunidad en el incumplimiento de las normas viales en la ciudad era del 99 %. En tal contexto y en la era de la tecnología y las comunicaciones parecería una tontería pretender que el único control viable sea la presencia de policías de tránsito en las calles.

La Ley 1843 de 2017 pretendió reglamentar la instalación y operación de los sistemas automáticos para la detección de infractores. Esto después de varios años de intentos fallidos, derivados de la falta de regulación en la materia. El año pasado (sentencia C-038-20), la Corte Constitucional declaró inexequible la provisión que establecía al propietario del vehículo como principal responsable de la infracción. Esto ha sido incorrectamente interpretado como una prohibición al uso de las fotomultas.

La buena práctica internacional demuestra que la tecnología de detección automática es un pilar en las políticas de movilidad urbana, en especial si pretendemos priorizar la seguridad vial. Como lo mencioné en una columna previa, no es ético considerar aceptable el riesgo de que una persona pierda su vida mientras se desplaza en bicicleta hacia su trabajo. En tiempos de prepandemia, las cifras de mortalidad por siniestros viales eran de cerca de 6.500 compatriotas muertos al año, un fallecimiento cada hora y media.

El énfasis está en la relación indiscutible entre seguridad y control al cumplimiento de las normas, en donde la ausencia de dicho control se convierte en caldo de cultivo para la siniestralidad. Basta transitar unos minutos por cualquier calle o carretera del país para ser testigos de imprudencias que ponen en riesgo a los actores viales. La Agencia Nacional de Seguridad Vial ha dicho que cerca del 90% de los accidentes se producen como consecuencia del incumplimiento de normas de tránsito.

Esto demuestra la urgencia de que el Congreso de la República retome los esfuerzos para resolver los impases del contenido de la Ley 1843. Respetando nuestro ordenamiento jurídico y la doctrina de las cortes, es perfectamente viable contar con una reglamentación que permita el uso de las cámaras salvavidas en todo el país. No es casualidad el gran consenso que existe entre autoridades locales y regionales a favor de la utilización de este tipo de tecnologías.

Cada muerte y cada herido grave suman a tragedias evitables que son corresponsabilidad de las autoridades de gobierno. Las fotomultas son quizá la herramienta más eficiente y costo-efectiva que tenemos para evitar estos terribles desenlaces.

Ante tal panorama, las preocupaciones que existen sobre las cámaras deberían ser fáciles de resolver. Éstas, entre otras, incluyen la necesidad de una correcta señalización (e.d., no estar escondidas) y la inconveniencia de que se conviertan en un negocio para particulares.